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Calendario del Contribuyente

 

CALENDARIO FISCAL

 

Se pone en conocimiento de los contribuyentes del municipio de Urnieta, el Calendario Fiscal de los Tributos y Precios Públicos, donde se establecen los periodos para pagar los citados ingresos públicos. El pago de las cuotas se realizarán en los plazos que a continuación se señalan o inmediato hábil posterior:

 

PERIODO PAGO VOLUNTARIO

  .

Impuesto s/vehículos de tracción mecánica

  • 1 de marzo al 25 de abril.

Tasa de Basuras, agua y alcantarillado (trimestral)

  • 1. trimestre: Desde el 15 de mayo al 25 de junio  
  • 2. trimestre: Desde el 15 de agosto al 25 de setiembre  
  • 3. trimestre: Desde el 15 de noviembre al 25 de diciembre 
  • 4. trimestre: Desde el 15 de febrero al 25 de marzo

 I. B. I.

  • 15 de mayo – 30 junio.

 I.A.E.

  • 1 de octubre al 10 de noviembre.

Entrada de vehículos al interior de las fincas a través de las aceras.

  • 1 de octubre al 10 de noviembre.

Ayuda a domicilio:

  • Un mes desde el mes inmediato posterior a cada mes liquidado.

Piso tutelado:

  • Un mes desde el mes inmediato posterior a cada mes liquidado.

 Venta ambulante:

  • 1º trimestre:  del 1 al 15 de enero
  • 2º trimestre: del 1 al 15 de abril.
  • 3º trimestre: del 1 al 15 de julio.
  • 4º trimestre: del 1 al 15 de octubre.

Los ingresos públicos se efectuarán de acuerdo a lo siguiente:

 

                a) Medios de pago: Dinero de curso legal o cheque nominativo a favor del Ayuntamiento.

 

                b) Lugares de pago: En las entidades colaboradoras que figuran en el documento de pago, o en las oficinas municipales en horario de 8:30 a 14:30 horas de lunes a viernes.

 

c) La fecha límite para la domiciliación bancaria de los recibos será 5 días antes del vencimiento del período voluntario.

Los recibos domiciliados se cobrarán el último día del período voluntario. Si este fuera inhábil se trasladaría al primer día hábil posterior.

 

                d) Transcurridos los periodos de pago relacionados en el Calendario Fiscal, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

    Archivos adjuntos:
 
Calendario Fiscal DOC [71Kbs.]



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